
Un gran jurado federal en la División de Alexandria en Virginia, Estados Unidos acusó al uruguayo Sebastián Enrique Marset Cabrera y a su socio cercano, el paraguayo Federico Ezequiel Santoro Vassallo por su presunta participación en una red transnacional de lavado de dinero a gran escala vinculada al narcotráfico.
El caso, registrado como 1:23-CR-143, argumenta que los acusados mediante mensajeros, en maletas con efectivo que eran dejadas en carreteras de Europa y protegidas por “tokens”. Desde allí, realizaban transferencias bancarias hacia EEUU y otras regiones.
Según los documentos judiciales, Sebastián Enrique Marset Cabrera de Padua —conocido bajo diversos alias como Dor, Luis Paulo Amorim Santos y Gabriel De Souza Beumer— es identificado como un narcotraficante transnacional radicado en Sudamérica, señalado como responsable del envío de toneladas de cocaína hacia Europa, con un valor de millones de dólares.
Por su parte, Federico Ezequiel Santoro Vassallo, alias Capitán, operaba desde Paraguay como el principal facilitador financiero de Marset, gestionando el movimiento de las ganancias ilícitas.
RTP presenta la traducción del documento presentado en Virginia, en la llamada Corte “Rocket Docket” (expediente relámpago), reconocida por la rapidez en el tratamiento de casos. Según los escenarios judiciales difundidos en medios de comunicación, Marset podría enfrentar penas acumulativas que van desde 40 años de prisión hasta cadena perpetua. También se señala que hay la posibilidad de negociación de sentencias.
Traducción íntegra al español del documento de la Acusación Sustitutiva (Superseding Indictment) emitida por la Corte de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Este de Virginia, que consta de 11 alegaciones entre las que se destaca el punto 8 que dice: “Durante la conspiración, MARSET y SANTORO amenazaron con violencia a terceros para proteger sus actividades de narcotráfico y lavado”.

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EN LA CORTE DE DISTRITO DE LOS ESTADOS UNIDOS PARA EL DISTRITO ESTE DE VIRGINIA
División de Alexandria
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA v. SEBASTIAN ENRIQUE MARSET CABRERA,
alias “Luis Paulo Amorim Santos”,
alias “Gabriel De Souza Beumer”,
alias “Sebastian Enrique Marset Cabrera de Padua”,
alias “Dor”. FEDERICO EZEQUIEL SANTORO VASSALLO,
alias “Frederico Ezequiel Santoro Vasallo”,
alias “Capitán”.
Acusados.
Caso No. 1:23-CR-143 Cargo 1: Conspiración para cometer lavado de dinero (18 U.S.C. § 1956(h))
Aviso de Confiscación BAJO SELLO
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ACUSACIÓN SUSTITUTIVA
Término de marzo de 2024 – Alexandria, Virginia
ALEGACIONES GENERALES
1.- En todo momento relevante para esta Acusación Sustitutiva, SEBASTIAN ENRIQUE MARSET CABRERA (“MARSET”) fue un narcotraficante transnacional radicado en Sudamérica. MARSET fue responsable del movimiento de cantidades de toneladas de cocaína, con un valor de millones de dólares estadounidenses, desde Sudamérica hacia Europa. FEDERICO EZEQUIEL SANTORO VASSALLO (“SANTORO”) fue un lavador de dinero transnacional radicado en Paraguay. SANTORO era un socio cercano de MARSET y servía como lavador de dinero para su organización de tráfico de drogas, facilitando el movimiento de millones de dólares en ganancias ilícitas desde Europa hacia Sudamérica y otros lugares.
2.-MARSET y SANTORO coordinaban con otros cómplices la recolección de las ganancias de los narcóticos. Utilizaban mensajeros y contraseñas (tokens) para entregar de forma encubierta grandes cantidades de efectivo, típicamente en euros, en maletas dejadas a la orilla de carreteras públicas en Europa. Sus cómplices se especializaban en introducir este dinero en el sistema bancario global.
3.-Una vez introducidos los fondos en el sistema bancario europeo, SANTORO dirigía el movimiento internacional del dinero, generalmente mediante transferencias bancarias, a veces bajo instrucción específica de MARSET.
4.-Típicamente, SANTORO ordenaba que los fondos fueran entregados en dólares estadounidenses, facilitando la transacción a través de bancos corresponsales ubicados en los Estados Unidos.
5.-Al menos una de estas transferencias fue dirigida a través del servidor de un banco corresponsal estadounidense ubicado en Richmond, Virginia.
6.-SANTORO y sus cómplices utilizaron al menos siete empresas para facilitar la transmisión del dinero. Ocultaban la ubicación y propiedad de los activos utilizando compañías no relacionadas registradas en diversas industrias, y creaban facturas falsas para justificar las transferencias.
7.-Utilizaron cuentas bancarias de entidades no relacionadas en Sudamérica y Asia para recibir las ganancias lavadas de la droga
8.-Durante la conspiración, MARSET y SANTORO amenazaron con violencia a terceros para proteger sus actividades de narcotráfico y lavado.
9.-En total, SANTORO lavó muchos millones de dólares. En un periodo de menos de cinco meses, dirigió el movimiento de al menos 8 millones de dólares estadounidenses a través de bancos corresponsales de EE. UU.. SANTORO aceptaba como pago un porcentaje del efectivo ilícito que lavaba.
10.-En enero de 2021, a MARSET se le debían más de 17 millones de euros por un solo cargamento de cocaína; coordinaron el lavado de al menos 5 millones de esos euros, la gran mayoría a través del sistema bancario estadounidense.
11.-La organización de MARSET distribuyó miles de kilogramos de cocaína que generaron decenas de millones de euros en ganancias.
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CARGO UNO
(Conspiración para el Lavado de Dinero)
El Gran Jurado acusa que:
- Desde al menos noviembre de 2019 hasta septiembre de 2021, en Bélgica, Chile, China, Países Bajos, Paraguay, Portugal, Nueva York y Richmond (Virginia), los acusados conspiraron a sabiendas con otras personas para cometer delitos contra los Estados Unidos en violación del Título 18, Código de los Estados Unidos, Sección 1956, a saber:
(a) Realizar transacciones financieras afectando el comercio exterior con bienes que representan ganancias de una actividad ilícita (narcotráfico), con la intención de promover dicha actividad o para ocultar la naturaleza, fuente y propiedad de los fondos.
(b) Transportar y transferir instrumentos monetarios y fondos desde y hacia los Estados Unidos con el mismo fin de promover el narcotráfico y ocultar el origen de los recursos.
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OBJETO DE LA CONSPIRACIÓN
- El objeto de la conspiración era transferir fondos derivados de la venta ilegal de cocaína en Europa a dólares estadounidenses y de vuelta a los narcotraficantes sudamericanos, ocultando su naturaleza y promoviendo el enriquecimiento de los miembros de la red
AVISO DE CONFISCACIÓN
El Gran Jurado determina que existe causa probable para que, de ser declarados culpables, los acusados entreguen a los Estados Unidos cualquier propiedad, real o personal, involucrada en el delito o rastreable a este. Si la propiedad no puede ser localizada, se ha vendido o disminuido su valor, los acusados deberán entregar propiedad sustituta por el mismo valor.
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Firmado: Jessica D. Aber, Fiscal de los Estados Unidos. Anthony T. Aminoff, Asistente del Fiscal de los Estados Unidos
**Según la página especializada Abogado.com El gran jurado (grand jury en inglés) juega un rol importante en el procedimiento penal de los Estados Unidos. A diferencia del “jurado” a secas, no decide sobre la culpabilidad de un acusado, sino que ayuda al fiscal a decidir si hacer una acusación formal en contra de una persona en un caso penal. Un gran jurado suele componerse de 16 a 23 personas, mientras que un jurado durante un juicio tiene entre 6 y 12 miembros. Los grandes jurados son de gran ayuda para los fiscales. Sin embargo, no siempre se requiere usarlos.
RTP