
El Gobierno nacional dispuso la continuidad de la subvención al Gas Licuado de Petróleo (GLP) destinado al mercado interno a través del Decreto Supremo 5667, que extiende este beneficio hasta el 31 de diciembre de 2026. La medida busca preservar el precio de las garrafas de 10 kilogramos y asegurar el abastecimiento de este combustible considerado esencial para los hogares bolivianos.
La norma, promulgada este jueves por el presidente Rodrigo Paz Pereira, ratifica la política de estabilización de precios de los combustibles derivados del petróleo y sostiene que la continuidad del subsidio contribuirá a resguardar la estabilidad económica y social del país.
El decreto establece que la subvención alcanza tanto al Gas Licuado de Petróleo producido en plantas (GLPP) como al generado en refinerías (GLPR), siempre que esté destinado a la comercialización de garrafas de 10 kilogramos para el consumo interno.
Como parte del mecanismo de compensación, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) continuará recibiendo Notas de Crédito Fiscal (NOCRES). En el caso del GLP producido en plantas, el Estado reconocerá una subvención de Bs 0,84 por kilogramo.
La disposición también faculta al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a emitir las Notas de Crédito Fiscal necesarias para cubrir el costo del subsidio durante el periodo de vigencia del decreto, garantizando los recursos destinados a este mecanismo de compensación.
Entre los fundamentos de la norma, el Ejecutivo recuerda que la Constitución Política del Estado (CPE) y la Ley de Hidrocarburos establecen que es responsabilidad del Estado asegurar el abastecimiento de combustibles, preservar la seguridad energética y definir la política nacional en materia de hidrocarburos.
Asimismo, el decreto hace referencia al Decreto Supremo 5534, aprobado a comienzos de este año, que definió la estructura de precios del GLP producido en plantas y refinerías, además del sistema de compensación mediante NOCRES. La nueva disposición amplía la vigencia de ese esquema hasta el cierre de la presente gestión.
La implementación del Decreto Supremo 5667 estará a cargo de los ministerios de Economía y Finanzas Públicas y de Hidrocarburos y Energías, que deberán ejecutar las acciones necesarias para garantizar la continuidad del subsidio y el suministro de GLP en el mercado interno.
BRÚJULA DIGITAL