Estado ficticio tienta a indígenas bolivianos para que alquilen sus territorios por mil años

Estuvieron en Paraguay, en Ecuador, y a finales del año pasado probaron suerte en Bolivia. Son parte de lo que se autodenomina Estados Unidos de Kailasa; según medios internacionales como la BBC e Infobae, un país ficticio que logró asistir a dos sesiones de Naciones Unidas. De acuerdo al autoproclamado gurú hindú Nithyananda Paramashivam, Kailasa fue fundado por él en 2019, en una isla comprada a Ecuador, y cuenta con dos mil millones de hindúes practicantes entre su población. Asimismo, afirma tener una bandera, una constitución, un banco central, un pasaporte y un emblema. Después de fallidos intentos de permanecer en otros países, los representantes de Estados Unidos de Kailasa empezaron a contactar a la dirigencia de pueblos indígenas bolivianos, para firmar convenios de “cooperación bilateral”. Lo hicieron con los baure y cayubaba de Beni, y con los esse ejja del Territorio Indígena Multiétnico 2 (TIM 2) de Pando; además trataron de establecer relaciones con otras naciones, como las de tierras altas, a través de la Coordinadora Andina y del Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu (Conamaq). EL DEBER accedió a las actas y los convenios con los baure, esse ejja y cayubaba, con quienes hubo algunos avances. En el caso de la nación baure, en septiembre de 2024 varios representantes, liderados por Pedro Guasico Durán, firmaron un acta de consentimiento para conceder el “arrendamiento perpetuo” de 60 mil hectáreas de ese territorio por 108 mil dólares anuales, con un pago inicial. De parte de Kailasa, en el convenio aparecen la embajadora de Kailasa, Brenda Jung; y los delegados Nilesh Patel, Nithya Paramashivapriya y Trang Huyen Tran. “Este arrendamiento es por un período de mil años, que se renovará automáticamente y perpetuamente”, indica el contrato. El mismo mes, de acuerdo al acta de directorio, los cayubaba informaban sobre la firma de un tratado bilateral entre Roddy Alberto Chávez Atoyay, en representación de la Subcentral Indígena de la Central Cayubaba, para otorgar “una concesión perpetua e irrevocable de 31 mil ha de terreno” en favor de los Estados Unidos de Kailasa, destinadas a la conservación de la biodiversidad endémica”, a cambio de un pago anual de 55.800 dólares americanos. En el contrato, de parte de Kailasa, además de los anteriormente mencionados, aparece Lewis Jeffrey Smith, como delegado. Otro contrato, de noviembre de 2024, fue con los esse ejja del TIM 2, entre Pando y Beni, por más de 390 mil ha, con pagos anuales de 28.107 dólares. Este documento fue firmado por Sanjinez Mamio Callaú, gran capitán, con otros dirigentes como testigos. Del lado de Kailasa, además de la embajadora Brenda Jung, rubricaron el acuerdo Lin Wang, Qiaohui Cui, y Sophia Lorena Smith, todos delegados. CONTEXTO Entre los antecedentes que figuran los documentos, desde Kailasa aseguran que las tierras soberanas de sus ciudadanos se perdieron entre las olas del Océano Índico cuando Kumari Kandam, la antigua patria hindú, se hundió bajo la superficie debido a los estragos del “cambio climático” y la destrucción ecológica, que llevó a su gente a buscar un nuevo hogar, donde puedan reconstruir y prosperar en armonía con el medioambiente. “Más adelante en la historia, el resto de nuestras tierras se perdió como efecto del colonialismo, erosionando aún más nuestra conexión con nuestra herencia ancestral e identidad cultural”. Asimismo, se definen como un sujeto soberano de derecho internacional, con atributos distintivos de Estado jurídico e instituciones históricas eclesiásticas hindúes soberanas, que reciben el reconocimiento habitual de las Naciones Unidas. Amparan los convenios directos entre Kailasa y los pueblos indígenas del país en la Constitución Política del Estado (CPE) boliviano, “profundamente comprometida con los principios de plurinacionalidad e interculturalidad, asegurando que los pueblos indígenas tengan derecho a gobernar sus territorios, con control ancestral sobre sus territorios, su libre determinación”, con jurisdicción, normas y procedimientos propios. CLÁUSULAS Entre las cláusulas en común en todos los convenios, los representantes de Kailasa estipulan la validez de su propio pasaporte, que deberá ser considerado como nacional, tanto de Kailasa como de la nación indígena firmante, “y que cualquier pasaporte que Kailasa cancele, el pasaporte correspondiente de la nación indígena también debería cancelarse”. Del mismo modo, los originarios deberán reconocer la validez de la moneda de Kailasa. Sobre el territorio, literalmente la cesión es irrevocable e incluye todos los derechos sobre el espacio aéreo y los recursos accesibles sobre o debajo del suelo, y renovable de manera automática cada mil años. La transferencia de pago se efectuará una vez que se cumplan: la transferencia de la tierra al título de Kailasa, al completar un estudio formal, una evaluación topográfica integral, la satisfacción de todos los marcos legales aplicables, y la ratificación del tratado por el Gobierno de Bolivia. Kailasa además tendrá plena soberanía y autonomía dentro del territorio para establecer sus propios sistemas administrativos, jurídicos, económicos y prácticas culturales y religiosas, en la forma que así determine. “La nación indígena brindará protección contra agresiones externas al territorio con sus servicios de defensa y Policía, cuando lo solicite Kailasa. Sin embargo, la nación indígena acepta que no habrá interferencia en los asuntos internos y ninguna fuerza de defensa, Policía o cualquier otra entidad administrativa. De acuerdo con la soberanía, la presencia de aeronaves de cualquier tipo en el espacio aéreo del territorio estará sujeta a la aprobación de Kailasa”. Adicionalmente, Kailasa compromete a dar a sus soberanos el mismo trato que a los jefes de Gobierno y ministros de otros países; a defender a Kailasa en cualquier proceso judicial que surja en la jurisdicción de la nación indígena firmante o del Estado Plurinacional de Bolivia; a garantizar la exención fiscal, incluso de donaciones, y de las cargas sociales sobre sueldos. “Además, los miembros de la sede de Kailasa y de todas las instituciones dependientes estarán exentos de impuestos en la adquisición o venta de propiedades muebles o inmuebles dentro del territorio de Kailasa o en la nación indígena, utilizados o que vayan a ser utilizados para sus funciones oficiales”. En la misma línea, en sus contratos comprometen a la nación firmante

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