Choquehuanca puede ser sometido a un juicio de responsabilidades si no pone en vigencia las normas sancionadas ya que incurriría en incumplimiento de deberes. Las tres leyes y la resolución de continuidad de las elecciones judiciales que fueron sancionadas este jueves en la sesión del pleno de la Asamblea Legislativa, convocada y presidida por Andrónico Rodríguez, corren el riesgo de no ser promulgadas por el Ejecutivo, por tanto, el vicepresidente David Choquehuanca tendría la responsabilidad de ponerlas en vigencia. El senador del ala evista del Movimiento Al Socialismo (MAS) Luis Adolfo Flores espera que el presidente Luis Arce promulgue las normas en el plazo establecido, o en caso de que sean devueltas al Legislativo, lo ponga en vigencia Choquehuanca, de lo contrario es pasible a enfrentar un juicio de responsabilidades. “Esperemos que el presidente pueda promulgar esta ley sin ninguna observación, seguramente el TCP intentará paralizarlo y si el Ejecutivo no lo promulga significa el desconocimiento de la Constitución. Por tanto, se puede iniciar un juicio de responsabilidades por incumplimiento de la Constitución, porque una medida cautelar provisoria del Tribunal Constitucional Plurinacional no puede parar la Constitución”, precisó. Durante una sesión inusual, con un recurso judicial de por medio, una campaña de fumigación, bloqueo de ascensores, el corte del sistema eléctrico y cierre del hemiciclo de sesiones, se sancionaron los proyectos de ley 075 de cese de mandato de los magistrados autoprorrogados, Decreto Presidencial 5137 de Indulto y Amnistía; 079 de crédito para la construcción de la doble vía Caracollo – Confital; tramo 2B Confital – Bombeo por $us 176 millones y la resolución de Asamblea que permite retomar la preselección de candidatos para los altos cargos judiciales. PROCEDIMIENTO El artículo 163 de la Constitución Política del Estado (CPE) establece el procedimiento para la promulgación de una normativa. Tras su sanción en el Legislativo y posterior remisión al Ejecutivo, en un plazo de 10 días el mandatario podrá observarla o ponerla en vigencia, en caso de que existan observaciones a la ley devolverá a la Asamblea para su consideración. Si la Asamblea señala que las observaciones son infundadas, el presidente el Órgano Legislativo tiene la facultad de promulgar la norma durante una sesión del plenario por mayoría absoluta de votos de los parlamentarios asistentes. “Si la Asamblea Legislativa Plurinacional considera fundadas las observaciones modificará la ley conforme a éstas y la devolverá al Órgano Ejecutivo para su promulgación. En el caso de que considere infundadas las observaciones, la ley será promulgada por la Presidenta o el Presidente de la Asamblea. Las decisiones de la Asamblea se tomarán por mayoría absoluta de sus miembros presentes”, señala el numeral 11 de dicho artículo. El numeral 12 dispone que en caso de que las normas no sean promulgadas por el Ejecutivo en el tiempo establecido en la norma suprema, el presidente de la Asamblea legislativa deberá ponerlas en vigencia. “La ley que no sea observada dentro del plazo correspondiente será promulgada por la Presidenta o Presidente del Estado. Las leyes no promulgadas por el Órgano Ejecutivo en los plazos previstos en los numerales anteriores serán promulgadas por la Presidenta o el Presidente de la Asamblea”, precisa el enunciado. El diputado de Comunidad Ciudadana Carlos Alarcón reforzó la idea, dijo que el presidente nato de la ALP, David Choquehuanca, estará “obligado” a promulgar esas normas. Sin embargo, el procurador general del Estado, César Siles, anticipó que ninguna «Ley» o declaración aprobada podría ser considerada o promulgada por el presidente Constitucional, Luis Arce Catacora, “ni mucho menos publicada en la Gaceta Oficial de Bolivia”. LE COMPETE A ANDRÓNICO RODRÍGUEZ Por otra parte, su colega William Torrez dijo que Andrónico Rodríguez tiene la facultad de promulgar las normas, en caso de que sean devueltas por el Gobierno, ya que fue quien convocó y dirigió la sesión plenaria. “Si acaso en los 10 días establecidos no lo promulga debe devolverlo a la Asamblea Legislativa y en este caso debe ser ante al senador Andrónico Rodríguez, él será quien lo promulgue. Recordemos que el senador Rodríguez ha oficiado como presidente en ejercicio de la Asamblea y ha convocado a sesión, en consecuencia, tendrá que devolverse a esa instancia”, manifestó. A la vez, advirtió que Choquehuanca puede ser sometido a un juicio de responsabilidades si no pone en vigencia las normas sancionadas ya que incurriría en incumplimiento de deberes. “Seguramente el vicepresidente reclamará ese derecho y en caso de que no se promulguen serán pasibles a un juicio de responsabilidades por incumplimiento de deberes, en el tiempo más breve posible, eso es sancionado con pena de presidio. ese es el entendimiento que tenemos”, declaró. (Anf)