Luego de 11 años de vigencia de la Ley 348, la normativa se encuentra en el ojo de la tormenta debido a que hay sectores y autoridades que sostienen que esta norma se utiliza de manera dolosa contra los varones, aspecto que es rechazado por considerar que las observaciones vienen de grupos misóginos y machistas. Otro argumento es que, pese a la vigencia de este cuerpo legal, la violencia y los feminicidios se mantienen en niveles elevados.
“La Ley 348 es una normativa emergente de todo un proceso de construcción de lucha de las mujeres que data de hace varias décadas. No se pueden reproducir discursos patriarcales que demeriten esta lucha. Se deben desmontar este tipo de aseveraciones que, de fondo, reproducen la violencia machista”, manifestó el defensor del Pueblo, Pedro Callisaya Aro.
Con respecto a las denuncias falsas como uno de los argumentos para modificar la ley, el Defensor recordó que el instrumento jurídico, en su artículo 100 (denuncia o acusación falsa), la norma establece: “Quien hubiere sido falsamente denunciado o acusado como autor y/o partícipe en la comisión de un delito contemplado en la presente ley podrá iniciar la acción correspondiente, con la resolución fiscal de rechazo de la denuncia o de sobreseimiento, o concluido el proceso con sentencia absolutoria ejecutoriada”.
Violencia extrema
Desde la promulgación de la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia en 2013, en Bolivia se han registrado, hasta lo que va de este año 2024, alrededor de 1.100 feminicidios, y 2018 fue el año con mayor número de muerte de mujeres, con 130.
“La Ley 348 es una normativa emergente de todo un proceso de construcción de lucha de las mujeres que data de hace varias décadas. No se pueden reproducir discursos patriarcales que demeriten esta lucha. Se deben desmontar este tipo de aseveraciones que, de fondo, reproducen la violencia machista”, manifestó el defensor del Pueblo, Pedro Callisaya Aro.
Con respecto a las denuncias falsas como uno de los argumentos para modificar la ley, el Defensor recordó que el instrumento jurídico, en su artículo 100 (denuncia o acusación falsa), la norma establece: “Quien hubiere sido falsamente denunciado o acusado como autor y/o partícipe en la comisión de un delito contemplado en la presente ley podrá iniciar la acción correspondiente, con la resolución fiscal de rechazo de la denuncia o de sobreseimiento, o concluido el proceso con sentencia absolutoria ejecutoriada”.
Violencia extrema
Desde la promulgación de la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia en 2013, en Bolivia se han registrado, hasta lo que va de este año 2024, alrededor de 1.100 feminicidios, y 2018 fue el año con mayor número de muerte de mujeres, con 130.
De acuerdo con los datos, en 2013 se registraron 26 feminicidios, aunque se sostiene que fueron 31.
En 2014, hubo 77; en 2015, 110; en 2016, 11; en 2017, 109; en 2018, 130; en 2019, 117; en 2020, 113; en 2021, 108; en 2022 bajaron a 94, y en 2023 se redujeron a 81.
En tanto, en lo que va de este 2024, el número de feminicidios llega a 16 en el primer trimestre, aunque funcionarios de la Fiscalía General del Estado refieren que hubo una disminución de casos respecto a pasados años: en ese mismo periodo de 2023 hubo 24, en 2022 fueron 22 y en 2021 se registraron 31.
De acuerdo con la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), la tasa de feminicidios o feminicidio por cada 100 mil mujeres en Bolivia es de 1,5 en 2023.
En ese contexto, la politóloga Patricia Velasco Burgos señala que “aún no se cumple íntegramente algunos aspectos de la norma como la prevención, la reparación, una atención efectiva, entre otros”.
Señala que es la segunda oportunidad en que se habla de modificar la Ley 348, primero bajo el paraguas del Ejecutivo, que debía ser promovido por el Ministro de Justicia. Ahora surge el debate en torno a un planteamiento de la senadora Patricia Arce (MAS), que refiere que tiene denuncias de abusos en la aplicación de la normativa contra los varones.
De este argumento, se apropia el presidente del Senado, Andrónico Rodríguez, que refiere que es una “ley antihombres”, que destruye familias.
“En todo caso, si se piensa en modificaciones, se tiene que pensar que esta ley sirva para proteger específicamente a las mujeres, el acceso a una sanción pronta y eficiente a los agresores, la prevención de la violencia contra las mujeres, la necesidad de entender los servicios de atención para las víctimas de la violencia como servicios esenciales, entre otros”, dice Velasco.
En tanto, la jefa de la Unidad de Derechos Humanos de las Mujeres de la Defensoría del Pueblo, Bolivia Sánchez, asegura que, detrás de la afirmación de que “la Ley 348 está destruyendo la familia”, “está la idea de que la violencia es un asunto privado, que las mujeres que denuncian a sus violentadores deben quedarse calladas para no destruir su familia, perpetuando los roles de género”.
Denuncias de violencia
Por otra parte, Velasco Burgos señala que no hay leyes o sanciones que den fin o pongan un alto “a la violencia contra la mujer”, aspecto que se refleja en el número de casos de violencia en el mes de marzo de este año.
Según datos oficiales, del 1 al 31 de marzo se tiene un registro de 12.541 casos de delitos de género.
De éstos, el mayor es la violencia familiar o doméstica que alcanza a 9.624.
Entre tanto, la Coordinadora de la Mujer da cuenta de que los delitos relacionados con la Ley 348 en el periodo de 2013 a 2023, llega a 432.265 en Bolivia. Santa Cruz y La Paz son los departamentos con el mayor número de casos: 138.376 y 105.814, respectivamente.
Ley 348 normativa que
lucha contra la violencia hacia la mujer, ha sido objeto de intento de modificación desde noviembre de 2020 planteada por el Ejecutivo y ahora sale una nueva propuesta para su cambio.
La tasa de feminicidio más alta de Bolivia
De acuerdo con la Cepal, Bolivia, en 2018, registra la tasa de feminicidios o feminicidio por cada 100 mil mujeres más alta: 2,3.
El periodo de análisis es de 2015 a 2022.
Delitos de violencia de género
Los delitos son aborto, aborto culposo, aborto forzado, aborto preintencional, aborto seguido de lesión o muerte.
También están el acoso sexual, actos sexuales abusivos, estupro, lesiones graves y leves, práctica habitual del aborto, rapto, sustracción de un menor (…) violación, violencia económica, violencia familiar, violencia patrimonial.
(Los Tiempos)